miércoles, 2 de mayo de 2018

CERRADO

Esta web ha sido intervenida por vulneración del artículo 510 del código penal (Discurso punible de odio).


3 comentarios:

  1. Más bien creo que se trata de una violación del apartado 666: "manifestación de opinión en público".La pena es una regañina si eres mujer y la ejecución inmediata de un tiro en la cabeza BAJO EL IMPERIO DE LA LEY con los costes de la bala y la incineración remitidos a la familia.¡Viva nuestro eterno líder progresista el camarada Stalin y los héroes machocidas de la IIª república!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. La ejecución si eres hombre,evidentemente,las autoridades tienen "enfoque de género" y no ajustician mujeres,solo hombres,que para eso somos el "género que mata".De todas formas en pleno S. XXI no debería ni existir la opinión siquiera,todos tenemos nuestro tontotelefonito y televisor para ver la realidad que necesitamos ver.Eso de pensar y opinar es del siglo pasado,cuando no teníamos el "estado del bienestar" para pensar por nosotros.

      Eliminar

NUEVO CANAL YOUTUBE SUBVERSIVO 3

Hacía siglos que no usaba este blog. Pero abro un tema nuevo para anunciar que aunque me han cerrado dos canales de Youtube en 2 días, me da...